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Crédito de foto: madreshoy.com

Con la aprobación en la Asamblea Legislativa, estas personas también podrán contar con el pago de prestaciones en caso de muerte de la persona trabajadora. 

Con la aprobación en segundo debate del Expediente 20.941 Modificación de varias leyes para el reconocimiento de derechos a madres y padres de crianza, quienes estén en esta situación podrán optar por una pensión alimentaria y el pago de prestaciones en caso de muerte de la persona trabajadora.

La iniciativa busca homologar la legislación sobre la materia y equiparar los derechos entre padres y madres de crianza, con los de padres biológicos o adoptantes, a la hora de determinar quiénes pueden convertirse en derechohabientes de la pensión alimentaria, herederas o herederos legítimos y beneficiarios de las prestaciones de la persona trabajadora fallecida respectivamente.

El legislador José María Villalta Florez-Estrada destacó que el proyecto busca hacer justicia con las personas que se han desempeñado como padres o madres de crianza para brindarles protección en especial en la edad adulta mayor

El congresista destacó que, aunque la legislación no es nueva pues se reconoce en los seguros de riesgos del trabajo en otros casos   no es así como en los   de padres de crianza.


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