MEIC detecta posibles incumplimientos en etiquetado de carnes preempacadas y productos no lácteos
El estudio evaluó 78 productos comercializados en el país en 25 comercios ubicados en San José, Cartago, Alajuela y Heredia.
MEIC envió prevenciones a fabricantes, importadores y distribuidores para que corrijan los posibles incumplimientos detectados.
Estas acciones promueven el cumplimiento a la normativa y buscan garantizar que la información incluida en las etiquetas sea clara, veraz y no induzca a error al consumidor.
Periódico Mensaje
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) realizó un estudio para verificar que la información incluida en las etiquetas de carnes preempacadas y productos no lácteos sea clara, veraz y no induzca a error al consumidor.
Esta iniciativa busca fortalecer la protección de los consumidores y velar por el cumplimiento de la normativa vigente. Para ello, la verificación se realizó con base en el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) 67.04.65:12, Uso de Términos Lecheros, y el Reglamento Técnico Costarricense (RTCR) 400:2006, Etiquetado de carne cruda.
El estudio analizó 78 productos, de los cuales 43 correspondían a productos no lácteos comercializados como alternativas a los productos lácteos y 35 a carnes frescas preempacadas.
Los resultados evidenciaron que:
Al menos uno de los productos encontrados en el mercado no contaba con registro sanitario; este hallazgo fue trasladado al Ministerio de Salud para que proceda según corresponda.
Varios productos incumplen con las disposiciones legales relacionadas con el uso del Sistema Internacional de Unidades (SI).
Se detectaron posibles incumplimientos en el etiquetado de carnes frescas, especialmente en la identificación del tipo de corte y de la especie.
Se detectó el uso indebido de términos lecheros para identificar productos no lácteos, como “queso vegetal para pizza”, “leche de leguminosas” u otros nombres asociados a productos lácteos elaborados con ingredientes distintos de la leche, así como el uso de imágenes que podrían inducir a error al consumidor.
Principales resultados
En los 43 productos no lácteos evaluados, los principales posibles incumplimientos estuvieron relacionados con el nombre del alimento, identificado en 40 productos (93 %); el uso de términos lecheros, en 36 productos (83,7 %); y la fecha de vencimiento, en 30 productos (69,8 %).
Asimismo, se detectaron observaciones en la leyenda sobre hipersensibilidad en 21 productos (48,8 %), en la etiqueta complementaria en 8 productos (18,6 %), en la información del distribuidor en 2 productos (4,7 %) y en el registro sanitario en 1 producto (2,3 %). Cabe señalar que un mismo producto pudo presentar más de un posible incumplimiento.
Gráfico 1. Posibles incumplimientos encontrados en productos no lácteos
Además, el estudio determinó que, de los 35 productos cárnicos preempacados evaluados, el principal posible incumplimiento correspondió a la indicación del Sistema Internacional de Unidades, identificado en 21 productos (60,0 %), seguido por la indicación del nombre de la especie, presente en 9 productos (25,7 %), y la etiqueta complementaria, observada en 5 productos (14,3 %). Cabe señalar que un mismo producto pudo presentar más de un posible incumplimiento.
Tras esta fiscalización, realizada en 25 comercios de cuatro provincias del país (San José, Cartago, Alajuela y Heredia), el MEIC ejecutó las siguientes acciones:
Gráfico 2. Posibles incumplimientos encontrados en carnes preempacadas
Se enviaron prevenciones a fabricantes, importadores y distribuidores con el detalle de los hallazgos, a fin de que procedan con las correcciones correspondientes. Para ello, contaron con un plazo de 22 días hábiles, que vence este 18 de agosto. A la fecha, se han notificado 23 prevenciones: 13 sobre productos no lácteos y 10 relacionadas con carnes preempacadas.
Es importante señalar que la empresa afectada puede solicitar una ampliación del plazo para corregir los hallazgos o presentar un plan de acciones correctivas para su aprobación y seguimiento.
Además, una vez concluido el plazo de prevención, si el interesado no presenta evidencia de corrección o un plan de acciones correctivas, el MEIC presentará la denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) para que aplique las sanciones correspondientes. Estas podrían implicar multas económicas que oscilan entre ¢462.200 y ¢18.488.000.
El MEIC hace un llamado de atención a fabricantes, importadores y distribuidores para que revisen el etiquetado de sus productos y adopten las medidas correctivas necesarias para cumplir con la normativa vigente. La información clara, veraz y suficiente no es solo una obligación legal: es una condición indispensable para proteger los derechos de las personas consumidoras, evitar prácticas que puedan inducir a error y fortalecer la confianza en el mercado.