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• Si se les decomisa el vehículo o las placas en el receso, pueden sacar la cita en línea de inmediato, aunque las oficinas estén cerradas.

• Usuarios deben sacar cita en www.csv.go.cr. • Infractores deben pagar las multas que tengan pendientes, para poder realizar estos trámites.

• Personas pueden impugnar o pagar con rebajo del 15% las multas hechas, si lo hacen en el plazo de 10 días hábiles.

Rebajo no aplica para multas tipo A.

Con el objetivo de atender al público que pudiera haber recibido una sanción, que implicó el decomiso de las placas o del vehículo, el Consejo de Seguridad Vial adelantó para el 3 de enero la reapertura de sus oficinas en todo el país.

Así, quienes necesiten realizar algún trámite, podrán hacerlo desde el primer miércoles del 2024, pese a que el retorno general de los empleados públicos está programado para el lunes 8 de enero.

Eso sí, Carlos Rivas Fernández, Director Jurídico del Consejo le recuerda a los usuarios la necesidad de sacar una cita en el sitio web www.csv.go.cr, para los trámites de devolución de vehículos y placas decomisadas durante el receso de fin y principio de año.

El funcionario detalló que es importante recordar la necesidad de una cita, de tal manera que eventuales nuevos infractores que no están familiarizados con la medida puedan gestionar, sin perder tiempo, su cita de manera remota, en lugar de perder parte de su jornada laboral, por ejemplo, desplazándose a una sede del Consejo, y que deba devolverse, por no tener cita.

De igual forma, Rivas les recordó a los infractores que se deben pagar los montos respectivos por acarreo del vehículo decomisado y por concepto de custodia, por cada día.

Estos montos deben cancelarse también para poder retirar el automotor en custodia del Consejo. Trámites Hasta que los infractores tengan pagadas las multas, es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo y solicitar la orden de devolución (con base en la cita que sacaron), es decir, deben pagar antes de la cita todas sus infracciones.

En el momento de ser atendidos es cuando se les hace el cálculo del dinero que tienen que cancelar por la grúa y por cada día de custodia. Solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.

Rivas aclaró que, en el cálculo de días a pagar, de acuerdo con el reglamento, se cuenta el número de días naturales transcurridos entre el día siguiente de la detención y el día anterior al que se solicita su devolución, es decir, si a una persona se le otorgó para el 5 de enero, el cálculo se hace con base en el día siguiente de la detención y el anterior al que se le otorga la cita.

La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato en la fecha fijada, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.

Impugnaciones Tal como se informó en comunicaciones previas, los supuestos infractores tienen 10 días hábiles para apelar un parte, si lo estiman procedente, por lo que en ese conteo no se deben sumar los días en los que el COSEVI estuvo cerrado, es decir, no cuentan los días entre el 22 de diciembre del 2023 y el 2 de enero del 2024, ambas fechas inclusive.

Si a una persona se le registró en el sistema una multa el 21 de diciembre, que será el último día laboral de este año en el Consejo de Seguridad Vial, tendrá 10 días hábiles para impugnar, es decir, podrá apelar incluso el 16 de enero.

El correo disponible para impugnar es recepcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como ÚNICO medio para recibir las comunicaciones futuras.

De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede. Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento.

Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico. Ya que existe la opción de impugnar de manera remota, si una persona apeló durante el receso de fin de año, también es válido, aunque su caso se analizará en su momento, a partir del 3 de enero.


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