El Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) indica que quienes necesiten apelar un parte, pueden realizarlo en la sede más cercana al sitio en donde recibieron la multa. Esto con el fin de brindar una mayor agilización del trámite correspondiente.
El mismo se podrá realizar de manera personal, o bien vía correo o fax, no es necesario trasladarse hasta la provincia de San José para impugnar la sanción.
Según COSEVI, existen 12 Unidades de Impugnación en el país para dar soluciones prontas y en donde se pueden realizar los trámites de manera personal. Sin embargo también está disponible la opción del fax o bien el correo electrónico: recepcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., sin embargo para esta alternativa es fundamental que el escrito incluya una firma digital de la persona impugnada.
La Firma Digital no requiere de la autenticación de un abogado, pero son aceptadas únicamente las expedidas por una oficina del Registro Oficial del Banco Central de Costa Rica, autorizada para emitir estos certificados.
De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede.
Requisitos
Para el proceso se deben adjuntar los documentos adicionales como la copia de la cédula de identidad y las pruebas deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.
El interesado tiene 10 días hábiles para poder apelar una multa, a partir del día hábil siguiente a la fecha que la recibió (no se cuentan días feriados o sábado o domingo o los días que las oficinas estén cerradas, como en Semana Santa o fin de año).
El Director Jurídico del Consejo, Lic. Carlos Rivas, enfatizó en que la impugnación debe realizarse cuando realmente se percibe que se cometió un error por parte del oficial de Tránsito y se tienen pruebas de peso para ello. “Es habitual que se impugne solo como una posibilidad de que se les dé la razón, pese a que saben que cometieron la falta, con el fin de atrasar el cobro y la responsabilidad”.
Rivas también recordó que las multas de Tránsito prescriben a los 7 años, así que cualquier persona que quiera renovar la licencia, que se da por un máximo de 6 años, tendrá que pagar la multa para poder sacar la licencia nueva.
Números telefónicos y de fax de Unidades de Impugnación |
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Sede |
Teléfonos |
Fax |
San José |
2010-4619, 2010-4620, 2010-4621, 2010-4622, 2010-4623 |
2010-4701 |
Heredia |
2263-2912 (Delegación de Tránsito)* |
2010-4729 |
Puntarenas |
2010-4663, 2010-4632 (Delegación de Tránsito)* |
2256-3015 |
Alajuela |
2441-7411 (Delegación de Tránsito)* |
2430-7105 |
Guápiles |
2710-6816 (Delegación de Tránsito)* |
2710-6994 |
Limón |
2010-471, 2010 4715, 2010-4716 |
2797-1734 |
Cartago |
2591-6949, 2552-6961 (Delegación de Tránsito)* |
2010-4730 |
P. Zeledón |
2771-7848, 2010-4695, 2010-4692, 2010-4693, 2010-4694 |
2771-7748 |
Liberia |
2010-4698, 2010-4699, 2010-4697, 2010-4698, 2665-6291 |
2665-6281 |
San Ramón |
2445-5985/FAX 2788-8394 Ext. 126 (Delegación de Tránsito)* |
2445-6092 |
Osa |
2788-8394, ext. 125 (Municipalidad)* |
2782-0000 |
San Carlos |
2460-9841 |
2460-9841 |
Correo Electrónico para impugnar: recepcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
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(*) Sitio en el que se encuentra la oficina |