Tribunal Administrativo del MOPT suspende acuerdo del Consejo de Transporte Público
Ordenan que Empresa Alfaro siga prestando el servicio.
Silleny Sanabria
Ordenan que Empresa Alfaro siga prestando el servicio.
El Tribunal Administrativo de Transporte (TAT) -mediante resolución Nº TAT 3672-2019- suspendió hoy la decisión del Consejo de Transporte Público (CTP), que el pasado 22 de octubre, (votación 4 a 3), entregó la concesión de la ruta 1502 entre Santa Cruz y Guanacaste –por el Puente de la Amistad- a la empresa TRALAPA, sin que se llevara a cabo el Proceso de Licitación Pública que ordenó la Sala I Civil de la Corte Suprema de Justicia desde el año 2012.
La decisión del CTP había despojado de forma abrupta a la Empresa Alfaro Ltda., del servicio que durante décadas ha venido brindando.
EL TAT ordena mantener a la Empresa Alfaro como “operadora en condición de permisionaria de la ruta”, hasta que se resuelva por el fondo el conflicto planteado, pero; además, notifica la decisión a TRALAPA, al CTP y a la Dirección General de la Policía de Tránsito que debe tomar las medidas pertinentes para cumplir la sentencia.
Germán Alfaro, Gerente de la Empresa Alfaro, resaltó que el TAT dejó en claro que lo ordenado por el CTP violenta el debido proceso y la orden de la Jueza Ejecutora del Tribunal Contencioso Administrativo, que en junio de este año, dio el ultimátum para que se cumpliera con la sentencia de la Sala I, que exigía una licitación.
“Este nuevo capítulo nos demuestra que estamos en un Estado de Derecho y; por eso, no puede ser posible que una instancia administrativa pase por encima de lo dispuesto por los jueces de la República y de los derechos fundamentales de las empresas y de las personas.” resaltó Alfaro.