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• Personas productoras podrán elevar la productividad, reducir costos operativos y minimizar el impacto ambiental de las actividades agrícolas.

El uso y manejo de drones en la producción agropecuaria costarricense ya es una realidad para todas las personas productoras que deseenimplementar esta tecnología en sus fincas como herramientas clave para la agricultura de precisión; así lo dieron a conocer este miércoles el Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, el ministro de Agricultura y Ganadería, Víctor Julio Carvajal Porras y el ministro de Obras Públicas y Transportes, Luis Amador Jiménez, tras firmar el Reglamento para el Registro, Uso, Control y Fiscalización de Sistema de Aeronaves Piloteadas a Distancia de Uso Agropecuario.

Este esfuerzo conjunto entre el MAG, MOPT y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), permitirá dar el salto tecnológico que necesita el sector agropecuario costarricense para ser más competitivo, productivo y sostenible, además posicionando a Costa Rica como un país emergente en la utilización de estas tecnologías que están transformando la producción agrícola a nivel global.

Los drones son herramientas que aportan innovación, precisión en las labores del campo facilitando así tareas cotidianas como mapeo aéreo de terrenos y recursos hídricos; monitoreo remoto del crecimiento y sanidad de los cultivos; aplicación ultrafocalizada de agroquímicos e insumos; inventarios precisos de producción y biomasa; identificación temprana de plagas y enfermedades; estimación de rendimientos y planificación de cosechas; control eficiente de malezas; así mismo permitirán la vigilancia y protección de sembradíos, levantamiento de datos topográficos, gestión eficiente del riego, seguimiento de hatos ganaderos, así como la disponibilidad de información en tiempo real para la toma de decisiones, entre otros beneficios.

“Con esta regulación buscamos potenciar al máximo los beneficios de los drones para que nuestros productores y productoras sean máscompetitivos y sostenibles. Gracias a estas capacidades, los drones nos permitirán elevar la productividad, reducir costos operativos, minimizarán el impacto ambiental de las actividades agrícolas y en general optimizarán la gestión de las fincas, mediante información valiosa obtenida con esta tecnología” afirmó el ministro de Agricultura y Ganadería, Víctor Carvajal.

Es importante señalar que toda persona productora agropecuaria que desee incursionar en esta tecnología debe acercarse a la Agencia deExtensión Agropecuaria, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, más cercana, para brindarle toda la información requerida y que pueda realizar con orientación todo el proceso.

Dentro de los principales cambios con respecto a las normativas anteriores, destaca el no requerimiento del trámite de certificado
operativo, el cual tiene un costo entre $1600 y $1800, lo que representa un ahorro significativo para los productores. Así mismo, el
dictamen médico requerido para solicitar la licencia de operación de drones será emitido una única vez.
El presente reglamento también considera tres transitorios que deben cumplirse una vez firmado y publicado en el Diario Oficial La Gaceta, a saber: El Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuenta con un plazo de doce meses para crear e incorporar procesos internos para el registro, control y fiscalización de Aeronaves Piloteadas a Distancia de Uso Agropecuario, éste deberá ser coordinado con la DGAC, institución que procederá a realizar los análisis de los cambios internos de sus procedimientos y sistemas de registro de RPAS.


El segundo transitorio establece que en un plazo de seis meses el Instituto Nacional de Aprendizaje, INA, deberá generar los módulos de aprendizaje y capacitación correspondiente al curso que deben obtener los interesados, el cual deberá ser de un mínimo de cuarenta horas teóricas y diez horas prácticas y el tercero indica que en un plazo de seis meses el MAG en coordinación con la DGAC, deberán analizar la aplicación de tarifas diferenciadas a los productores u organizaciones para la modificación respectiva del Decreto Ejecutivo 20217-MOPT y sus reformas.


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